Se dará cumplimiento a la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.623, con fecha del 1° de mayo de 2021
El Gobierno Nacional emitió en Gaceta Oficial N° 6.623 el Decreto N° 4.604, mediante el cual se establece la Exoneración de Impuestos de Importación, Impuesto al Valor Agregado y Tasa por Determinación del Régimen Aduanero a las mercancías y sectores que en él se señalan.
Atendiendo a lo establecido por el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), se dará cumplimiento a la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.623, con fecha del 1° de mayo de 2021, que estará en vigencia hasta el próximo 31 del mismo mes, período en el que se podrá realizar cualquier importación de materias primas o productos terminados libres del pago de impuestos.
El decreto indica que no solo se exonera de impuesto a Importaciones del Régimen Aduanero, sino también a “cualquier otro impuesto o tasa aplicable de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, incluido el Impuesto al Valor Agregado aplicable a las ventas realizadas en el territorio nacional, a las importaciones definitivas de bienes muebles corporales realizadas por los Órganos y Entes de la Administración Pública Nacional”.
También se exonera de impuestos, a las importaciones realizadas con recursos propios, por las Personas Naturales o Jurídicas, clasificados en los códigos arancelarios señalados en el Apéndice I que forma parte de este Decreto.
De acuerdo con la información publicada por el Ministerio de Economía, Finanzas y Comercio Nacional, la disposición tiene el objetivo de garantizar la continuidad del beneficio que incluye, en su mayoría, a productos terminados y a materias primas necesarias para las industrias de alimentos, química y otras áreas de manufactura.
Por El Universal
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