19 de Julio del 2016.-
Notipascua.- Es el primer instrumento legal sancionado por este parlamento que obtiene el visto bueno del Ejecutivo Nacional
El presidente Nicolás Maduro promulgó la Ley que Regula el Uso de Telefonía Celular y la Internet en el Interior de los Establecimientos Penitenciarios, según se lee en la Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6. 240 divulgada este martes. Esta es la primera Ley aprobada por esta Asamblea Nacional que Maduro le da el visto bueno. Las otras han sido declaradas inconstitucionales por el Tribunal Supremo de Justicia a petición del Jefe de Estado. A excepción de la Ley de Bono para Alimentación y Medicinas a Pensionados y Jubilados que el TSJ declaró su constitucionalidad pero exigió al parlamento un informe económico para darle su aval, según sentencia 327 del 28 de abril pasado.
La Ley que regula el Uso de Telefonía Celular, tiene por objeto prevenir que desde el interior de los establecimientos penitenciarios del país, se ejecuten delitos a través de la utilización de los celulares y en general de todos los servicios de voz y datos que ofrecen las compañías de telecomunicaciones, señala el primer artículo. La Ley le da un plazo de nueve meses (a partir de hoy) al Ministerio Penitenciario para que instale en todas las cárceles del país equipos destinados a inhibir, bloquear o anular de manera permanente la señal de telefonía celular y la internet. Igual tiempo tendrá el citado Ministerio para instalar en los establecimientos carcelarios teléfonos públicos fijos alámbricos a los fines de garantizar la posibilidad de comunicación externa con los reclusos.
La Ley contempla pena de 3 a 5 años de prisión para quienes introduzca o facilite la introducción de teléfonos celulares en las cárceles destinados a los reclusos. La pena será de 4 a 6 años cuando el autor del delito sea un funcionario público, destaca la Ley. Y para quien intencionalmente dañe o apague los inhibidores de señal telefónica colocados dentro de las cárceles, será sancionado de 4 a 6 años de prisión. Y de 6 a 8 si es funcionario público. Prevén que “una vez que se ejecute la descentralización del sistema penitenciario previsto en el artículo 272 de la Constitución, los gobiernos estadales y municipales que se encarguen de la administración de los establecimientos penitenciarios deberán cumplir con las disposiciones establecidas en esta Ley”.
Fuente: Eligio Rojas||Ultimas Noticias
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