De esta manera el tribunal cierra el caso Superlano
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró «no ha lugar» la solicitud de revisión constitucional interpuesta el pasado 3 de diciembre por el candidato de la Unidad, Freddy Superlano contra las sentencias número 78 y 79 de la Sala Electoral que anularon su triunfo en las elecciones del pasado 21 de noviembre.
En una ponencia conjunta de los magistrados y magistradas que integran la Sala Constitucional del TSJ, declaró «no ha lugar» la solicitud de revisión constitucional contra las sentencias número 78 y 79 ambas de fecha de 29 de noviembre de 2021, referidas a las elecciones al cargo de gobernador o gobernadora del estado Barinas.
Así lo señala la sentencia Nº 0732 2021 de la Sala Constitucional del máximo juzgado venezolano.
De esta manera el tribunal cierra el caso Superlano, quien de acuerdo al CNE había vencido al excandidato oficialista Argenis Chávez. El pasado 29 de noviembre la Sala Electoral del TSJ ordenó repetir las elecciones en la entidad llanera, luego de que se le concediera al exdiputado Adolfo Superlano un recurso de amparo, impidiendo que se contaran las últimas actas que daban por ganador al opositor.
Adolfo Superlano alegó una violación de derechos constitucionales debido a la supuesta inhabilitación de Freddy Superlano, quien fue indultado por la Administración de Nicolás Maduro en agosto de 2020.
A principios del mes de diciembre Superlano acudió a la sede del TSJ para presentar un recurso de revisión constitucional contra las sentencias 78 y 79 de la Sala Electoral.
Esta decisión, según el dirigente de Voluntad Popular, «desconoció la expresión popular de todo un pueblo que decidió ponerse de pie y no arrodillarse más ante ningún sistema».
Con información de El Cooperante
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