El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio dio a conocer que ya se encuentra fijada la fecha para la audiencia preliminar del juicio contra el presidente de Venezuela Nicolás Maduro, la cual será el próximo 19 de julio
El ente designado por el Parlamento informó que el mencionado caso permanece por la presunta comisión del delito de corrupción y que fue ordenado por la fiscal Luisa Ortega Díaz, asimismo indicaron que ya se encuentra en la fase intermedia del procedimiento ordinario.
El lugar en el que se llevará a cabo la comparencia del mandatario es la ciudad de Bogotá, en Colombia, “cuya dirección exacta, por medidas de seguridad, será remitida a las partes en sus respectivas boletas de citación, por lo que se ordena convocar a las partes para la audiencia oral mencionada”, indicó el escrito del TSJ.
La Sala Plena debe fijar el día, hora y lugar para celebrar la audiencia preliminar, lo que ya se hizo, así como también se ordenó librar las correspondientes boletas de citación a las partes. También, se ordenó librar oficios al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, para que den cumplimiento a la orden de aprehensión que pesa sobre Nicolás Maduro Moros y procedan a su presentación en la fecha antes indicada.
En este sentido, el jueves pasado el TSJ en el exilio declaró la falta absoluta en la Presidencia de la República, debido al vacío institucional desde que se suspendió de su cargo a Maduro Moros.
El alto tribunal explicó que en el caso se encuentra ante un procedimiento especial denominado “juicio contra el Presidente de la República y otros altos funcionarios o altas funcionarias del Estado”, en el que se establece que el procedimiento que se seguirá (previo el cumplimiento del requisito de procedibilidad de antejuicio de mérito) es el ordinario, de acuerdo con el contenido de los artículos 353 y el segundo aparte del artículo 378 del Código Orgánico Procesal Penal.
Podría tener repercusiones políticas
Un gobierno en el exilio pasaría de inmediato a convertirse en uno de transición, disipando temores de que una abrupta salida de Maduro podría provocar un vacío de poder que conduzca a una guerra civil.
Por lo que Miguel Ángel Martín, presidente del TSJ en el exilio, explicó que aunque Maduro aún ejerza el poder de facto en Venezuela, el líder bolivariano ya “no representa a Venezuela y su firma no tiene ningún valor, ningún efecto jurídico”.
“Como consecuencia de eso, hay que promover la transición constitucional y aplicando extensivamente la norma constitucional del Articulo 230 de la Constitución, le corresponde a la Asamblea Nacional, en forma de su presidente, llenar el vacío de poder hasta tanto se produzca un cambio por medio de un proceso de elecciones”, agregó en una entrevista.
Y es que según la Constitución venezolana, el cargo de presidente pasaría automáticamente al vicepresidente del país, un puesto que actualmente está siendo ocupado por la recién nombrada Delcy Rodríguez.
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