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En Gaceta aumento del salario mínimo para el sector público y privado

trabajo-albañilNotipascua.-A través del Decreto Presidencial N° 2.056, publicado en la Gaceta Oficial N° 40.769 de fecha lunes 19 de octubre de 2015, que circula este martes, se establece el aumento del salario mínimo nacional mensual obligatorio en todo el territorio nacional, para los trabajadores y trabajadoras que presenten servicios en los sectores público y privado, el cual entra en vigencia a partir del 01° de noviembre de 2015, según lo reseña noticierolegal.com

El nuevo salario mínimo se fija en Nueve Mil Seiscientos Cuarenta y Ocho Bolívares con Dieciocho Céntimos (Bs.9.648,18) mensuales.

Igualmente se señala que cuando la labor es realizada por adolescentes aprendices, en condiciones iguales a las de los trabajadores y trabajadoras, el salario mínimo se ubicará en siete mil ciento setenta y cinco bolívares con dieciocho céntimos (Bs. 7.175,18) mensuales.

Cuando la relación de trabajo se hubiere convenido a tiempo parcial, el salario estipulado como mínimo podrá someterse a lo dispuesto en el artículo 172 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras, en cuanto fuere pertinente.

El pago de un salario inferior a los establecidos como mínimos en este Decreto, obligará al patrono o patrona a su pago de acuerdo a lo establecido en el artículo 130 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras y dará lugar a la sanción indicada en el artículo 533 eiusdem.

En el decreto también se menciona que este aumento del salario mínimo de trabajadores y trabajadoras se fija como monto mínimo de las pensiones de jubilados y pensionadas de la administración pública, así como de las pensiones otorgadas por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS).

Fuente:NOTICIERO LEGAL

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